Saludos y felicitaciones a los miembros de la fundación pro defensa del derecho a la educación que luchan en contra de los abusos y cobros en colegios de Venezuela, la presente es para denunciar los continuos abusos que se cometen en la ESCUELA LA PONDEROSA ubicada en Barcelona Estado Anzoátegui, pedimos que se pida una investigación si es que son los docentes del 5to grado, que de manera abusiva semanalmente se les piden por estudiantes deben traer de manera obligatoria 1 kilo de azúcar, la excusa que dan los docentes que es orden de la directora Belkis ribas, consideramos un gran abuso porque es algo difícil conseguir el kilo de azúcar y la única forma es amanecer haciendo una cola de madrugada en un mercal, los padres hemos tratado de indagar porque nos parece extraño tal excusa que el programa PAE no está dando la azúcar para dar jugo en la alimentación de la población estudiantil, o será que los productos de la cesta básica difícil de conseguir la directora hace mercado con nosotros los padres, esto obliga que si no conseguimos la azúcar o el dinero que piden para supuestamente comprar los aliños para preparar los alimentos, visiten la escuela para que den un parado a tanto abusos, en próximos días le enviaremos una denuncia sobre el paquete promoción (more…)
marzo 30, 2014
junio 20, 2011
DEFENSORIA EDUCATIVA GUARDA OMISION EN CASO DE VIOLACION DE DERECHOS HUMANOS EN LICEO
nos siguen enviando denuncias al correo: denuncias.educativas@gmail.com, los estudiantes del LICEO FRANCISCO LAYA, que esta ubicado en puerto piritu EDO ANZOATEGUI, están desprotegido ya que en ese Liceo funciona una supuesta defensoría educativa, que solo ha guardado silencio de los atropellos contra la población estudiantil y lo que ocurre con directora y al parecer avala la pedidera de dinero que esta prohibida por la LOE, constitución y la LOPNNA, dichas supuestas abogadas serian MARIA CURUPE Y HENETHZY LARA , ¿ por que guardan silencio que hasta el agua se la venden a los estudiantes la directora ROXI LEON? o será que ellas presuntamente recibirían algún beneficio de tales cobros, que esta pasando con la jefa de distrito escolar La profesora Marleny Ruiz que no actúa en contra de esos cobros o será que la educación esta privatizada en puerto piritu, los estudiantes exigen justicia y que cesen las matracas, por que si no de lo contrario ejercerán el derecho a la protesta contra tales abusos, ya que actualmente estarian siendo llamando algunos estudiantes ante la coordinacion para interrogarlos a ver si descubren quienes serian los que estarian delatando la pedidera de dinero, el cual la directora nunca a rendido cuenta que ha hecho con el dinero, e igual la directora estaria aplicando terrorismo a los profesores para ver si descubre quien le delata el negocio lucrativo de las supuestas colaboraciones economicas que solo la directora sabe el destino del dinero
QUE DICE LA LOPNNA
Artículo 275. Omisión de Denuncia. Quien estando obligado por la Ley a denunciar un hecho del que haya sido victima un niño o adolescente, no lo hiciere inmediatamente, será penado con prisión de tres meses
abril 21, 2011
Con la palabra “colaboración” se realizan Extorsiónes Escolares y delitos en Escuelas Venezolanas
La Delincuencia organizada Educativa pertenecientes a la red de Explotación infantil que operan en Escuelas venezolanas para transgredir y burlase de la ley y de los lineamientos del Ministerio de Educación y la LOPNNA, que prohíben la utilización de niños y adolescentes en la recolección de fondos economicos supuestamente para ayudar la Escuela, con la figura o palabra de que es una “colaboración”, se obligan a los padres y representantes a pagar cuotas económicas casi semanalmente, «QUE SERIA EXTORSIONES ESCOLARES « , a nuestros niños y adolescentes venezolanos en las escuelas son obligados a producir dinero con actividades como el cantinazo, la rifa , la venta de productos elaborado por la institución educativa que lo entregaran a los muchachos para que salgan a vender por las comunidades y calles, tambien utilizando la mendicidad donde estudiantes salen con un potes en manos pidiendo colaboraciónes económicas supuestamente para ayudar la Escuela, la palabra colaboración en una Escuela significa extorsión, pago de cuotas escolares y lo mas grave la explotación infantil permanente en contra de niños y niñas en Escuelas y Liceos que vienen de los sectores mas deprimidos de las comunidades, por supuesto a la hora que se active una denuncia los delincuentes Educativos dirán, que eso era una colaboración y no obligada, por que el que tiene hijos en una Escuelas deben colaborar con la Escuela, interpretado a la realidad social cobran el derecho a estudiar a la infancia y sus padres, por eso estudiar en una escuela publica sale muy costoso y solo podrán llegar alcanzar la educación Básica el padre y niño que trabajen de manera esclavizante para entregar dinero a la institución educativa y la nota de graduación dependerán de los pagos puntuales durante la estadía escolar, el diccionario de la lengua española: dice que colaboracion es un acto espontaneo y no se condiciona, pero al entrar al territorio escolar se cambia el sentido de la palabra «colaboracion» para con ella, cometer los delitos mas horrendo contra la infacia y la mayor violacion de derechos humanos contra la infancia en venezuela
LEY CONTRA LA CORRUPCIÓN.
Artículo 61. El funcionario público que por algún acto de sus funciones reciba para sí mismo o para otro, retribuciones u otra utilidad que no se le deban o cuya promesa acepte, será penado con prisión de uno (1) a cuatro (4) años y multa de hasta el cincuenta por ciento (50%) de lo recibido o prometido. Con la misma pena será castigado quien diere o prometiere el dinero, retribuciones u otra utilidad indicados en este artículo.
Artículo 62. El funcionario público que por retardar u omitir algún acto de sus funciones, o que por efectuar alguno que sea contrario al deber mismo que ellas impongan, reciba o se haga prometer dinero u otra utilidad, bien por sí mismo o mediante otra persona, para sí o para otro, será penado con prisión de tres (3) a siete (7) años y multa de hasta el cincuenta por ciento (50%) del beneficio recibido o prometido.
La prisión será de cuatro (4) a ocho (8) años y la multa de hasta el sesenta por ciento (60%), si la conducta ha tenido por efecto:
1. Conferir empleos públicos, subsidios, pensiones u honores, o hacer que se convenga en contratos relacionados con la administración a la que pertenezca el funcionario.
2. Favorecer o causar algún perjuicio o daño a alguna de las partes en procedimiento administrativo o juicio penal, civil o de cualquier otra naturaleza.
Si el responsable de la conducta fuere un juez, y de ello, resultare una sentencia condenatoria restrictiva de la libertad que exceda de seis (6) meses, la pena de prisión será de cinco (5) a diez (10) años.
Con la misma pena en cada caso, será castigada la persona interpuesta de la que se hubiere valido el funcionario público para recibir o hacerse prometer el dinero u otra utilidad, y la persona que diere o prometiere el dinero u otra utilidad indicados en este artículo.
http://twitter.com/defendiendoDDHH
LAS VOCES DEL SECUESTRO EN ESCUELAS VENEZOLANAS
Madres y amas de casas obligadas a prostituirse para pagar cuotas económicas en escuela públicas
Los Negocios millonarios de la explotación infantil en las Escuelas Venezolanas y del mundo
SIN JUSTICIA SOCIAL Y SIN DERECHOS HUMANOS DE LA INFANCIA NO HAY REVOLUCION
marzo 31, 2010
familia batalla por la justicia en caso de niño con discapacidad
Un gran saludo de este Consejo Comunal de Buena Vista, y quien le desea una productiva labor como la que viene haciendo, rompiendo fronteras en contra de la corrupción en todas sus variantes, es el caso que nosotros Marileiva Jugo Segovia y Luis Manuel Rodríguez Paredes, voceros de este Consejo Comunal de Buena Vista de la Parroquia de Petare del Municipio Sucre, quienes vivimos en el Conjunto Residencial Turiba, Residencias Suapure, tenemos una sobrina de veinte años y quien es discapacitada además sufre de epilepsia, consume fenobarbital, diazepam y otra droga permanentemente, la misma tuvo un BEBE hace una año con problemas de discapacidad, debido a que la madre es discapacitada y consumidora de drogas calmantes, por lo que entonces me dejaron el niño(SE OMITE EL NOMBRE POR CUMPLIMIENTO A LA CONFIDENCIALIDAD EN LA LOPNA) a mi a mi esposa, en el hogar de nosotros, cuando tenia veinte y un (21), días de nacido por lo que lleve al bebe en el Consejo de Protección de Niños y Adolescentes, ubicado en la redoma de Petare, explique toda la situación a los trabajadores y consejeros, por la que estaba pasando el bebe ya que no aparecía ninguno de los padres y ya habían pasado tres meses con nosotros, por lo que después de haber analizado la situación el Consejo de Protección ordena MEDIDA DE PROTECCIÓN PROVISIONAL Y EXCEPCIONAL a favor del niño(…….), conforme a los Art 296 y 126 literales e y h lopna, la cual consiste en ABRIGO EN FAMILIA SUSTITUTA, el Consejo de Protección envía el expediente a los Tribunales, recayendo en la Sala 16 de Lopna de este Circuito Judicial de Caracas, a cargo de la Dra. Clara Ponce, quien después de haber analizado, toma la decisión de Medida de Protección de COLOCACION FAMILIAR EN FAMILIA SUSTITUTA a favor del niño(SE OMITE EL NOMBRE) la cual en renovada cada seis meses, después de que el equipo multidisciplinarlo lleve el control del caso, es el caso que el niño es llevado a tratamiento especial durante todo el año al Centro De Desarrollo Infantil N: 4 de Educación Especial, ubicado en la California Norte, quien un grupo de Profesionales y especialistas para niños con discapacidad y problemas motores le hacen un estudio Psicomotor y lo ponen bajo tratamiento permanente una vez a la semana, todos los martes a las ocho de la mañana, con varias secciones de diferentes profesionales especializados en la materia, obteniéndose una gran mejora y un continuo avance psicomotor del mismo, asimismo con el máximo y esmerado cuidado que se le ha dado permanentemente en mi hogar y que se le ha acogido durante todo este tiempo con un gran inmenso amor, es el caso que el martes 14 de abril pasado, la Juez Unipersonal de la Sala 9 de la lopna a cargo de la Dra. NURYVEL PEÑA GONZALEZ, se llego a mi casa con el tribunal constituido y con el expediente AP51-2008-011774, me insta a entregar al niño a su padre, sin importarle la Medida de Protección de Familia Sustituta que estaba vigente por la el Juzgado de la sala 16 de este Circuito Judicial de Caracas a cargo de la Dra. CLARA PONCE, con el expediente N:AP51-V-2008-015083, ni como tampoco los estudios que se le mostraba en el acto, con el informe de Discapacitado en tratamiento que tiene el niñoy que estaba bajo un riguroso tratamiento, su padre quien nunca había aparecido a preguntar por el niño, es de hacer notar que dicho ciudadano que ya casi cumple los cincuenta años tenia relaciones con mi sobrina discapacitada de nombre Luz Marina y es el que le consigue las pastillas que la mantiene dopada permanentemente y así lo siguió haciendo irresponsablemente durante todo el embarazo sin importarle el daño irreparable que le causaba al feto durante los nueve meses de la gestación, nunca llevándola a ningún control medico en el lapso de embarazo, siendo mas bien el que le conseguía y administraba los sedantes permanentemente, después de haber nacido el niño nunca en la vida estuvo pendiente ni de su salud como de su manutención en lo absoluto, no haciendo nunca visita o pregunta alguna sobre el estado en que se encontraba, ahora bien es de hacer notar que la Juez de la sala 9 de la lopna Dra:NURYVEL PEÑA GONZALEZ protegiendo a la paternidad irresponsable y des protegiendo al niñode un año de edad y discapacitado y a quien le suplique en todo momento, que detuviera la entrega, ya que el niño presentada discapacidad y estaba bajo un extenso tratamiento con estudios profundos y además que se encontraba bajo una Medida de Protección de Familia Sustituta y que lo hiciera en bien del Interés Superior del niño para que no sufriera retrasos en la recuperacion de su enfermedad, ella manifestó que el interés superior del niño no era su bienestar y su salud en ese instante sino era hacer la entrega que estaba efectuando ya que la había firmado y tenia que cumplirla, es de hacer notar que dicha funcionaria no me dejo explanar mi exposición en el acta que se hizo no tomando en cuenta en ningún momento los informes médicos que le mostraba, con una gran indiferencia continuo en la entrega siendo lo mas insólito que cuando le pregunte a donde iba ir el niño porque su padre que era guachimán no tenia vivienda, me informo que el tribunal concesionaria en ese mismo instante que se le entregara a la hermana la cual ni siquiera le sabia la dirección y mucho menos no le habían hechos ningún tipo de estudios a su hogar como a los habitantes del hogar a donde iba a llegar el niño, violentadose la medida dictada por la Juez de la Sala 16 a cargo de la Juez Clara Ponce en el expediente AP51-V-2008-015083 y dejando totalmente y completamente desprotegido, al niño sin saber con la mínima certeza a donde iba a llegar ni a donde iba a dormir el niño que cuenta con un año, así como quienes vivían en esa vivienda donde iba a estar, quedándome en completa incertidumbre y con un gran e inmenso dolor en mi corazón y sin saber como evitar ese exabrupto que estaba cometiendo la Dra. NURYVEL PEÑA GONZALEZ Juez de la Sala Unipersonal N: 9 de la Lopna quien según ella el interés superior de niño era practicar la medida de restitución y no la salud y el bienestar y a pesar que le explique con pruebas Medicas que el niño era discapacitado y no convenía trasladarlo a ninguna parte ya que le causaría daños en su avance Psicomotor, me dijo que acudiera a donde quisiera que ella no se detenía por ningún motivo ya que ella ya había ya firmado la restitución, no pudiendo impedir por ningún motivo que se llevaran al niño es el caso que cuando acudo al tribunal y pido el expediente del mismo observo que esta plagado de muchas irregularidades, que yo y mi esposa que hemos trabajado para el Poder Judicial por mas de veinte años, nos dimos cuenta que el expediente tiene una gran cantidad de gravísimos vicios e irregularidades tanto en el desarrollo del proceso como en la veracidad de las actas, así como una cantidad enorme de incongruencias en los lapsos dictados en los autos y la ejecutorias de los mismos, es por lo que Denuncio como lo hago a esta funcionaria Dra.: NURYVEL PEÑA GONZALEZ Juez de la sala 9 de la lopna de este Circuito Judicial de Caracas..Expediente AP51-V-2008-011774.
Inspectoría General de Tribunales
Denuncia N: 09.0275, de la Dirección Ejecutiva de la Magistratura (D.E.M.,)
Denuncia que interpuse en contra de la ciudadana Juez de la Sala IX de la lopna, Caracas, Dra.: NURYVEL PEÑA GONZALEZ Quien no respeto la Medida de Protección dictada por la Sala 16 de la Lopna a cargo de la Dra. Clara Ponce con el expediente
N: AP51-V-2008-015083 , a pesar de que el niño es discapacitado, actuó con gran indiferencia y frialdad y después alegremente le hizo entrega el niño a otra persona, sin que el padre lo solicitara en el Acta, protegiendo a la paternidad irresponsable en vez de proteger la del niño necesitado, en el DIA del encuentro con el niño, que había acordado en el acta de restitución, se nos apareció y nos dijo que anulaba el acuerdo verbalmente y que ya no podíamos ver mas al niño(se omite el nombre), me negó la apelación del expediente tratando de evitar mi defensa, hizo una sentencia después de haber la ejecutado, enviando inmediatamente el expediente al archivo judicial cerrándolo y tratando de evitar que el Recurso de Hecho y una Apelacion fuera revisada por la Corte e implantando lapsos a su conveniencia, para después pedirlo al archivo de nuevo y reabrir el caso nuevamente, por esas violaciones de Derechos Humanos y en especial de los Derechos de Niño, que mas delicado es cuando sufren de una discapacidad por su condición de enfermito.
Es por lo que solicito que se haga Justicia por estos atropellos y gravísimas violaciones de Derecho Humanos esenciales a que fue sometido tanto el niño, como mi hogar, acudo ante ustedes ,solicitándole su máxima colaboración como organizacion de derechos humanos por venezuela, que son a fin que se logre investigar a fondo todos estos atropellos, sin mas que solicitar de estos Voceros de este Consejo Comunal que nos encontramos gravemente afectados, por estar en total indefensión a tamaña anormalidad.
Gracias.
BATALLON 656 DEL PSUV
LUIS MANUEL RODRIGUEZ PAREDES
(TÍO ABUELO MATERNO DEL NIÑO)
VOCERO DEL COMITÉ EDUCACIÓN CULTURA Y DEPORTES
TELÉFONOS:
0412-903.74.31,
0212-580.88.25.
luismanuelrp@gmail.com
CONSEJO COMUNAL BUENA VISTA
caso enviado a nuestro correo: prodefensadelaeducacion@yahoo.com
publicado por la defensa de los derechos humanos de la infancia
marzo 26, 2010
director de escuela amenaza arremeter contra el niño que rompio codigo del silencio escolar
El director HECTOR SANCHEZ de la escuela puente ayala ubicada en el sector puente ayala, de barcelona Estado Anzoategui, fue denunciado por la ONG prodefensa del derecho a la educacion ante el CMDNNA del municipio Bolivar Estado anzoategui, por obligar a los niños vender rifas para que recogieran dinero supuestmente para solucionr la carencias de la institucion educativa y el cobro a los niños que asisten al preescolar de 10.BF, la inspeccion realizada por el CMDNNA arrojo cierta la denuncia y los funcionarios del CMDNNA le exigieron al director regresar el dinero en vez de sancionarlo por explotar la infancia, dicho director amenaza a los padres y representantes y le esta obligando afirmar un acta bajo coaccion que eso es una colaboracion con la escuela, hechas por los padres pero el dinero lo recibio la direccion del plantel, argucia para no regresar el dinero, dichas firmas lo ha hecho amenzando que el que no firme su hijo puede ser aplazado o maltratado en dicha institucion educacativa COMO HA PASADO MUCHAS INSTITUCIONES EDUCATIVAS VENEZOLANAS COMO PODRAN VER EN EL SIGUIENTE VIDEO
la ONG Pro defensa del derecho a la educación Venezuela. repudia tales practicas y las denuncia sin miedo por que viola los derechos humanos de la infancia, no importa que el diga y los demas directores que estan autorizado y apoyado por la jefa de la educacion regional la profesora providencia limas
LA HERRAMIENTA DE LOS TIRANOS ES EL SILENCIO
SIN JUSTICIA SOCIAL Y SIN DERECHOS HUMANOS NO HAY REVOLUCION
marzo 23, 2010
NEPOTISMO BOLIVARIANO EN ESCUELAS DE ANZOATEGUI
Los sindicatos oficialistas que hacen vida en la educación pública del estado Anzoátegui están molestos por el ingreso a la nómina de la Zona Educativa, de la joven Alejandra Contreras Limas (hija de la Autoridad Única de la Educación, Providencia Limas), como secretaria inicialmente, posteriormente designada en tiempo récord como bibliotecaria y pocos días atrás le asignaron el cargo de Instructora de Informática y la Unidad Educativa Tomás Alfaro Calatrava de Lechería, a pesar que la joven no es graduada en dicha área del saber, mucho menos en educación y actualmente cursa estudios de Contaduría en el núcleo Barcelona de la Universidad Santa María.Esta designación se da a pesar de que un gran número de docentes graduados, egresados de distintas instituciones de educación superior,y la mision sucre esperan por la asignación de cargos por parte de la Zona Educativa anzoatiguense. La designación de Alejandra Contreras Limas violaría todas las normas vigentes, ya que ni siquiera tendría el séptimo semestre aprobado de su carrera, no concursó para tal cargo y no ha sido debidamente evaluada. Se trataría de un claro ventajismo, ya que mientras otros docentes son asignados a escuelas rurales, en donde deben cubrir altos costos por concepto de transporte, la hija de Providencia Limas es asignada en una zona privilegiada y cercana a su residencia. en un lujoso apartamento en la zona exclusiva de lecherias, Otra funcionaria de la Zona Educativa de Anzoátegui que también estaría incurriendo en ciertos ilícitos sería Zoraida Portillo, quien también les ha dado ingreso a sus familiares en el sector de la educación pública, sin cumplir con los requisitos, sin credenciales y sin títulos universitarios necesarios para ejercer estos cargos
SIN JUSTICIA SOCIAL Y SIN DERECHOS HUMANOS NO HAY REVOLUCION
enero 11, 2009
DERECHOS HUMANOS en la cárcel de Puente Ayala
En el penal de Puente Ayala (Barcelona) están hacinados de personas que vienen de la pobreza extrema, QUE PASARON de la exclusión a la reclusión , privados de su libertad personas que cometieron delitos comunes pero los que violan derechos humanos en las escuelas venezolanas, cobrando el derecho a estudiar bajo la figura de la colaboración, explotando la infancia, robando y asesinando sueños y esperanzas a humildes familias venezolanas para que puedan salir de la pobreza y superarse, no los ponen tras las rejas , y quienes denuncien esas mafias educativas los persiguen e intentan asesinarlos, actualmente existe una población de 600 personas privados de su libertad pagando condena, de los cuales 140 personas privados de su libertad , se han convertido en cristianos evangélicos y dentro del penal han conformados 3 iglesias cristianas, que son las siguientes 1 en el área de Kosovo,
agosto 18, 2008
Escuela de música publica privatizada en Anzoátegui
Escuela de música Ángel Mottola, dependiente del Ejecutivo Regional, ubicada detrás de la Gobernación de Anzoátegui. Esta institución depende del Departamento de Cultura del estado Anzoátegui y es de carácter público. Su misión es que los niños(as) en sus espacios libre ocupen ese tiempo en aprender el manejo de los diferente instrumentos musicales y el desarrollo de los talentos infantiles. Sólo es accesible para los padres que tienen recursos económicos y les niega a los niños de escasos recursos por no poder pagar las contribuciones económicas. Luego de recibir varias llamadas al programa radial Pro-Defensa del Derecho a la Educación, que era transmitido por una radio comuntaria de lunes a viernes en el horario de 10 a 11 am, que en dicha institución se estaba cobrando 20 Bs.F.