DETIENEN A ENFERMERA
dos (2) madres que tendrian sus hijos hospitalizados en el Hospital de Niños Rafael Tobías Guevara, de Barcelona EDO. Anzoategui, sus hijos fueron victimas de maltrato el primer caso, el fue en el que la enfermera NANCI RIOS por negligencia no aplico el tratamiento a un niño bastante delicado de salud , ante la falta de tratamiento , el niño convulsiono y casi muere y el otro caso que habria pasado el mismo dia (21-06-2010) donde tambien dicha enfermera incurre en maltrato en contra de otro niño, cuando la enfermera fue aplicar el tratamieno intravenoso del niño, lo cual al parecer lo inquieto del niño saco la enfermera de casilla y esta presuntamente habria golpeado al niño enfermo delante de las dos madres desesperadas que le habrian reclamado y casi agarrado por los cabellos a la enfermera por el trato inhumano en contra de los (2) infantes que estaban recluidos en dicho centro de salud, la enfermera de una manera amenazante que si no dejaban de reclamar por sus hijos buscaria la policia hospitalaria ,lo cual hizo de manera inmediata, estas madres al ver la policia hospitalaria pertenciente a la policia del Estado anzoategui, llamaron con
extrema emergencia al señor JOSE URBANO PRESIDENTE DE LA ONG PRODEFENSA DEL DERECHO A LA EDUCACION Y LA INFANCIA, para que las ayudara intercediera por que las dos (2) madres por reclamar la atencion medica y que no maltrataran a sus hijos , la enfermera lograrian que la policia las pusieran tras la rejas en un calabozo, con el interes superior que amerito el caso, se envio una comision de la ONG FUNDA.PDE, al hospital de niños, al frente de la señora NOHEMI GUAICARA, a que hiciera lo posible en hacer valer los derechos humanos que tiene la infancia, lo cual la policia hospitalaria, al ver dicha comision de la ONG , y escuchar los alegatos de la madres en cuestion, la policia detiene de inmediato y casi de manera infrangatia dicha enfermera, nuestra ONG estara velante que se cumpla la LOPNNA en su Artículo 48. Derecho a Atención Médica de Emergencia. Todos los niños y adolescentes tienen derecho a recibir atención médica de emergencia. :Artículo 254. Trato Cruel. Quien someta a un niño o adolescente bajo autoridad, guarda o vigilancia a trato cruel, mediante vejación física a síquica, será penado con prisión de uno a tres años.
la defesoria de niños que esta en el hospital debe remitir el caso a la fiscalia de menores de manera inmediata

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